08 marzo 2014

INAUGURA POLIMNIA ROMANA CONSULTORIO MÉDICO GRATUITO EN ÁLVARO OBREGÓN

Fuente: aldf.gob.mx

Ante cientos de capitalinas en la delegación Álvaro Obregón, la diputada perredista Polimnia Romana Sierra Bárcena, aseguró que la mejor forma de festejar a las mujeres diariamente es seguir luchando y trabajando desde todas las trincheras, para lograr que los derechos y la realidad de las capitalinas se transforme en acciones

“No es suficiente la interrupción legal del embarazo, no es suficiente las cuotas de género ni en la Asamblea, ni en la Cámara, hace falta una estructura y una serie de políticas públicas para que las mujeres, primero, seamos tratadas igual que el hombre, segundo seamos dueñas de nuestro cuerpo y tercero, tengamos las herramientas para poder cuidar a nuestros y seguir trabajando”, señaló Sierra Bárcena

Según datos del INEGI, hasta el 2010 más del 42 por ciento de las mujeres participan en la economía formal y nueve de cada 10 madres de familia combinan su actividad profesional, con el cuidado de sus hijos y el trabajo doméstico, sin que éste sea remunerado.

Por ello, la asambleísta Polimnia Romana recalcó “La economía de México no se va a poder reactivar sino nos pagan a las mujeres todo el trabajo que hacemos, solo por ser mujeres, hacer el trabajo doméstico solo porque el hecho de ser mujer, porque ni modo te toco y no señores, el trabajo se debe de pagar igual a hombres y mujeres, solo así saldrá el país de la crisis en la que está” 

En el marco del Día Internacional de la Mujer, que se festeja este sábado 8 de Marzo en todo el país, las mujeres y familias de Álvaro Obregón se dieron cita en “La Casa de Las Colonias”, para inaugurar el Consultorio Médico Vecinal, que otorgará a partir de este mes, atención médica y medicinas de forma gratuita.

Para cortar el listón conmemorativo del consultorio e inaugurar este espacio de atención ciudadana, acudió como padrino de honor, el ex secretario del Trabajo capitalino, Carlos Navarrete, quién felicitó a las mujeres obregonenses y las impulsó a mantener su participación ciudadana por el bien de sus familias y de la ciudad.

En este sentido, la diputada local del PRD, Polimnia Romana Sierra, anunció la activación de la Red de Mujeres por Álvaro Obregón, quienes desde cada colonia y espacio trazarán las ideas y acciones que cambiarán el rumbo de su entorno y de la capital.


05 marzo 2014

Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana

La Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana se redactó en 1791 por Olympe de Gouges parafraseando la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano del 26 de agosto de 1789.

Artículos

I - La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad común.

II - El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.

III - El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.

IV - La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.

V - Las leyes de la naturaleza y de la razón prohíben todas las acciones perjudiciales para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.

VI - La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos; todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus ojos, deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus talentos.

VII - Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.

VIII - La Ley sólo debe establecer penas estrictas y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.

IX - Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.

X - Nadie debe ser molestado por sus opiniones incluso fundamentales; si la mujer tiene el derecho de subir al cadalso, debe tener también igualmente el de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la Ley.

XI - La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos de la mujer, puesto que esta libertad asegura la legitimidad de los padres con relación a los hijos. Toda ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os pertenece, sin que un prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de responder por el abuso de esta libertad en los casos determinados por la Ley.

XII - La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadana implica una utilidad mayor; esta garantía debe ser instituida para ventaja de todos y no para utilidad particular de aquellas a quienes es confiada.

XIII - Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, las contribuciones de la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades.

XIV - Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de sus representantes, la necesidad de la contribución pública. Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla si se admite un reparto igual, no sólo en la fortuna sino también en la administración pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración del impuesto.

XV - La masa de las mujeres, agrupada con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho de pedir cuentas de su administración a todo agente público.

XVI - Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución; la constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha cooperado en su redacción.

XVII - Las propiedades pertenecen a todos los sexos reunidos o separados; son, para cada uno, un derecho inviolable y sagrado; nadie puede ser privado de ella como verdadero patrimonio de la naturaleza a no ser que la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija de manera evidente y bajo la condición de una justa y previa indemnización.

04 marzo 2014

Ayuda al crecimiento óptimo de los niños la lactancia materna




A través de la Secretaría de Salud la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, por sus siglas en inglés) han informado que es recomendable la lactancia materna como una forma inigualable de facilitar el alimento ideal para el crecimiento y desarrollo correcto de los niños.

Precisaron que el calostro es la primera leche que producen los senos, y comienza después de las 48 a 96 horas siguientes al parto es de consistencia espesa y amarillenta y se produce al término del embarazo; está lleno de grasas, proteínas y anticuerpos que protegen al bebé de infecciones y activan su sistema inmunológico siendo el alimento perfecto para el recién nacido, y su administración debe comenzar en la primera hora de vida, por lo que recomiendan como imprescindible la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses del recién nacido.

La leche materna es inocua y contiene anticuerpos que ayudan a proteger a los lactantes de enfermedades frecuentes de la infancia como la diarrea y la neumonía, que son las dos causas principales de mortalidad en la niñez en todo el mundo, además garantiza que el lactante tenga alimento suficiente y disponible propiciando una buena salud durante toda la vida.

Después debe complementarse con otros alimentos como purés de frutas y verduras, hasta un mínimo de dos años.
Uno de los beneficios directos a la madre es que reduce el riesgo de cáncer de mama y de ovario en el futuro; ayuda a las mujeres a recuperar más rápidamente su peso anterior al embarazo y reduce el índice de obesidad.

Los adolescentes y adultos que fueron amamantados de niños tienen menos tendencia a sufrir sobrepeso u obesidad, son también menos propensos a sufrir diabetes tipo 2 y obtienen mejores resultados en las pruebas de inteligencia.

Fotografía y Redacción: CMN
Link: http://www.consultoramexicana.com/noticias/ayuda-al-crecimiento-optimo-de-los-ninos-la-lactancia-materna/


27 febrero 2014

Dictamen para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Aprobado en la Cámara de Diputados con 418 votos en pro, el jueves 20 de febrero de 2014pasa al Ejecutivo federal, es decir aún falta que lo promulguen y publiquen en el Diario Oficial de la Federación para que esté vigente..

 

Dictamen

 

De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados le fue turnada, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional, la minuta procedente del Senado de la República con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La Comisión de Seguridad Social realizó reuniones en grupos de trabajo con la finalidad de revisar aquellas partes de la minuta que el Senado eliminó y reformó antes de regresarla, para revisión, a la Cámara de Diputados, de la similar que en su oportunidad se envió el año de 2010, y después de analizarlas debidamente, somete a la consideración de esta Asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

La minuta corresponde a la enviada por la Cámara de Diputados a la de Senadores el 7 de diciembre de 2010, cuyo origen provino de iniciativa con proyecto de decreto presentada por el ciudadano diputado a la LXI Legislatura Heladio Gerardo Verver Vargas y Ramírez (PRD), en la sesión celebrada por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el 04 de agosto de 2010, cuyo anteproyecto de dictamen fue aprobado por la Comisión de Seguridad Social de la misma LXI Legislatura, el 10 de noviembre de 2010, que fue aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados, también de la LXI Legislatura, el 07 de diciembre del mismo año, por 305 votos en pro, ninguno en contra y una abstención.

Consideraciones de la comisión

En fecha 23 de abril de 2013, un poco más de tres años y medio después de recibida la minuta de la Cámara de Diputados, el Senado de la República aprueba, el dictamencorrespondiente, desechando la adición de una fracción II bis al artículo 64 de la Ley General de Salud; suprimiendo la reforma y adición al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo; suprimiendo la propuesta reforma al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, ya que su contenido ya está vigente en la ley recién reformada; reformando, sin cambio en el fondo, la redacción del artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado b) del artículo 123 constitucional; modificando la redacción, sin cambio en el fondo, del artículo 94 de la Ley del Seguro Social; reformando, sin cambio en el fondo, la redacción de la fracción II y de la adicionada fracción III de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; no se reforma el artículo 20 y se modifica la redacción, sin cambio en el fondo, del artículo 28 de la Ley para la protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Los cambios en la redacción solo ajustan la misma a aquellas disposiciones que entre el tiempo de presentación de la iniciativa y de su aprobación en el pleno de la Cámara de Diputados, con el de la aprobación de la minuta por parte del Senado de la República, se han ya modificado por separado, y se suprimen algunas frases que eran redundantes, como puede verse en el comparativo anexo al presente.

La Comisión que suscribe, no tiene impedimento para aceptar estas supresiones y reformas ya que el fondo de la minuta original está respetado y su intención es de utilidad para el mejoramiento colectivo de la población.

Conclusiones y proyecto de decreto

Con fundamento a las consideraciones expresadas y debidamente fundadas, la Comisión de Seguridad se allana a las supresiones, modificaciones y reformas hechas por el Senado de la República a la minuta enviada por la Cámara de Diputados, que resultaron como consecuencia del tiempo trascurrido entre los dictámenes de una y otra Cámaras, y somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente acuerdo:

Único: Se aprueba la minuta remitida por el Senado de la República en sus términos, y, en cumplimiento de la fracción e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B ) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Artículo Primero. Se reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 64. ...

I. ...

II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno infantil.

II Bis a IV. ...

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 28. Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del mismo. Durante la lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia y tendrán acceso a la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad.

Artículo Tercero. Se reforma la fracción II, y se adiciona una fracción III, recorriéndose la actual en su orden, del artículo 94 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue.

Artículo 94. ...

I. ...

II. Ayuda en especie por seis meses para lactancia y capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida;

III. Durante el período de lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para efectuar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia, y

IV. Una canastilla al nacer el hijo cuyo importe será señalado por el Consejo Técnico.

Artículo Cuarto. Se reforma la fracción II, y se adiciona una fracción III, recorriéndose la actual en su orden, al artículo 39 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 39. ...

I. ...

II. A la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y ayuda para la lactancia, según dictamen médico, exista incapacidad física o laboral para amamantar al hijo. Esta ayuda será proporcionada en especie, hasta por un lapso de seis meses con posterioridad al nacimiento, y se entregará a la madre o, a falta de esta, a la persona encargada de alimentarlo.

III. Durante el período de lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia, y

IV. Con cargo al seguro de salud, una canastilla de maternidad al nacer el hijo, cuyo costo será señalado periódicamente por el Instituto, mediante acuerdo de la Junta Directiva.

Artículo Quinto. Se reforma el artículo 28, numeral C, de la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 28. Niñas, Niños y Adolescentes tienen derecho a la salud. Las autoridades federales, del Distrito Federal, Estatales y Municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de:

A. ...

B. ...

C. Capacitar y fomentar la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad.

D. a J. ...

Artículo Sexto.- Se reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:

Artículo 11. Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se concede un plazo de trescientos sesenta y cinco días naturales, contados a partir de la fecha en que entren en vigor estas modificaciones, para que las empresas, instituciones, dependencias y, en general, todos los obligados conforme a este Decreto efectúen las adecuaciones físicas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley correspondiente.

Dado en la sala de juntas de la Comisión de Seguridad Social, a los 28 días del mes de noviembre de 2013.

La Comisión de Seguridad Social

Diputados: Javier Salinas Narváez (rúbrica), presidente; Víctor Rafael González Manríquez, María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), AlmaJeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Sanjuana Cerda Franco, secretarios; Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Araceli Torres Flores, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar, Rosendo Serrano Toledo (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, Antonio Sansores Sastré, Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Fernando Salgado Delgado, María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), María Elena Cano Ayala (rúbrica).

 

25 febrero 2014

Armonía en las colonias a través de la música

Al visitar las colonias de la delegación, de la ciudad o del país, indiscutiblemente encontraremos carencias de todo tipo, servicios ineficientes, falta de infraestructura e incertidumbre generalizada ante la ausencia de un paradigma que compartir como nación; pero esto sólo es el síntoma de una sociedad confundida, segregada y que requiere sanación.

Junto al diputado federal Fernando Zárate  en septiembre del año pasado comenzamos el programa “Música en las Colonias”, una extensión casi natural del programa “Teatro en las Colonias” que recorrió toda la delegación Álvaro Obregón durante cuatro meses en 2013. La música, a diferencia del teatro, es un elemento cotidiano para casi todos; escuchamos música ‘de fondo ‘ mientras realizamos nuestras tareas,  acompañando los programas de televisión, el cine o incluso los comerciales, también en el transporte público (ya sea  la ‘K Buena’ en el micro o el soundtrack de la línea 12 del metro), sin embargo son pocos los que se dan la oportunidad de dedicarse a escuchar música aunque sea por un momento.

El primer logro de los conciertos de “Música en las Colonias” es reunir a la gente: la guitarra, el acordeón y las percusiones llaman a los vecinos a tomar asiento y ‘levantar oreja’,  algunos dudan pero aún así se acercan,  porque está en su naturaleza. Con sólo cinco minutos de duración, una canción logra congregar a los habitantes de toda una cuadra, porque se sienten familiarizados con el sonido y simultáneamente sorprendidos, pues un concierto en la calle por la que caminan todos los días no ocurre a diario, es más, no ocurrió nunca –al igual que la reunión de todos los vecinos- en los 15 o 30 años que llevan viviendo ahí.

El concierto es un espacio y un momento de celebración, los vecinos lo disfrutan y lo comentan con sus familias, algunos cantan (los más animados bailan), los niños conocen otro tipo de música más allá de los temas de caricaturas o los jingles de los comerciales y al final  todos, con una actitud mucho más relajada, puede intercambiar puntos de vista sobre los problemas de la colonia con sus diputados, para juntos llegar a un acuerdo.

Estoy segura de que tanto “Música en las Colonias” como “Teatro en las Colonias” son el primer paso en el camino para sanar a una sociedad segmentada, en la que los vecinos ya no se organizan, los espacios públicos no se utilizan y los niños tienen delimitadas sus opciones por un televisor. Los invito a asistir a uno de estos conciertos y presenciar cómo en Álvaro Obregón volvemos a trabajar en comunidad a través de la cultura.

19 febrero 2014

INGENIERO MEXICANO INVENTA SOLUCIÓN CONTRA SEQUÍA Y TRIUNFA EN OTROS PAÍSES

Retomado del portal www.invdes.com.mx





Un científico mexicano encontró la forma de combatir el problema de sequía en los campos agrícolas, pero su ingenio no encontró eco en las autoridades, por lo que la “lluvia sólida” (polímero capaz de retener el agua) se comercializa y triunfa en 11 países, no en México donde sólo le desearon suerte.

Ésa es la historia de Sergio Jesús Rico Velasco, ingeniero del Instituto Politécnico Nacional (IPN), quien creó el “Silos de agua” -como denominó a su invento-, el cual reduce de un 50 a un 90 por ciento el consumo del líquido en la agricultura.
Rico Velasco recuerda que acudió a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación (Sagarpa), a la Comisión Nacional del Agua (Conagua y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para presentar la “lluvia sólida” y los beneficios de su uso en los cultivos, pues en promedio se gasta el 80 por ciento del agua nacional con fines agrícolas; sin embargo, sólo “le desearon suerte”.
“Para todos es un breviario cultural, un dato curioso, digno de un saludo de buenos deseos y sólo me desean suerte y que me vaya bien, pues dicen que ellos norman los trabajos, pero no pueden promover el consumo de una marca, entonces sólo me dicen felicidades”, indica el científico mexicano.
Y mientras aquí lo desdeñaron pese a que la sequía en México dejó afectaciones en 28 estados de la República, donde dos millones de hectáreas de siembra quedaron dañadas y más de 100 mil cabezas de ganado murieron por falta de alimento, en otras naciones comercializa su invento, como India, Colombia, Guatemala, Honduras, Ecuador, Nicaragua, España, Portugal, Dubai, Haití y Estados Unidos.
En esos países los empresarios y pequeños agricultores adquieren el polímero que encapsula el agua de lluvia para su óptima utilización en la raíz de la planta. Un ejemplo son las palmeras de coco en India, donde se debía realizar un riego de 80 litros cada semana, en tanto que con el invento del mexicano sólo se les aplican 50 litros cada tres meses.
La aplicación de los “silos de agua”, que tiene una presentación en polvo, es simple: se entierran en la tierra a la altura de la raíz y cuando llueve el agua se vuelve sólida (evita que el líquido se filtre o se evapore). El agua permanece así mientras es consumida por la planta según la va necesitando.
Una vez que se termina la humedad del polímero éste vuelve a hacerse polvo y cuando llueve nuevamente vuelve a encapsular el agua, manteniéndose en la tierra por un lapso de ocho a 10 años. El empleo de la lluvia sólida a través de “silos de agua” es único en el mundo, pues además de aprovechar mejor el agua, permite almacenar líquido en costales, tambos, cubetas y botellas de PET en caso de la ausencia de la manifestación pluvial, pues no se modifican el PH, las sales ni los nutrientes.
Fuente: Mi Morelia

16 febrero 2014

ANUNCIA POLIMNIA ROMANA ASESORÍA SEXUAL GRATUITA EN SU MÓDULO

Boletín ALDF 14/02/14

Tarde de risas, abrazos y condones gratuitos en “Casa de las Colonias”, espacio de atención ciudadana donde la diputada Polimnia Romana Sierra Bárcena, celebró junto a decenas de vecinos de Álvaro Obregón el día del amor libre.

Ante el incremento de embarazos entre adolescentes de todo el país, que según la Encuesta Nacional de Salud 2012, se disparó en los últimos 8 años, de 30 a 37 nacimientos por cada mil mujeres menores de 19 años, la diputada perredista exhortó a los asistentes a ejercer su libertad sexual de una forma responsable, protegiéndose y usando condón.

“Es importante darle información a los jóvenes para que puedan decidir lo mejor para ellos, por eso a partir de marzo tendremos un médico sin costo en Casa de las Colonias, para que los puedan asesorar de cómo cuidarse para no quedar embarazadas y amar libremente” señaló Sierra Bárcena

Expreso su preocupación frente al aumento de embarazos y enfermedades de trasmisión sexual entre adolescentes, ya que según el INEGI casi el 34 por ciento de las adolescentes no utiliza protección alguna en su primer encuentro sexual.

Ante esto, la asambleísta del Partido de la Revolución Democrática se comprometió a seguir impulsando actividades de concientización sobre salud sexual y reproductiva, tanto en su módulo de atención, como en sus recorridos delegacionales.


Cuando decidir sobre tu cuerpo, no depende de ti.

Ayer en Cuajimalpa, conocí a una mujer de 27 años con cuatro hijas. Cargaba a la más pequeña en brazos cuando le pregunté, con genuina curio...